Orden PRA/499/2017, de 1 de junio, modifica el anexo IX del Reglamento General de Vehículos
La Orden PRA/499/2017, de 1 de junio, modifica el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, y aumenta la longitud y masa máxima permitidas en los vehículos. Dicho Anexo se adapta así a la Directiva (UE) 2015/719 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, que modifica la Directiva 96/53/CE del Consejo, para permitir la normal implantación de los avances tecnológicos que contribuyen a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y, en particular, las de dióxido de carbono (CO2 ).
- Fecha: 02/06/2017
El BOE de 02-06-17 publica la Orden PRA/499/2017, de 1 de junio, que modifica el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Dicha Orden, que entra en vigor al día siguiente de su publicación,
aumenta la longitud y masa máxima permitidas en los vehículos,
adaptándose así a la Directiva (UE) 2015/719 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, que modifica la
Directiva 96/53/CE del Consejo, por la que se establecen, para
determinados vehículos de carretera que circulan en la Comunidad, las
dimensiones máximas autorizadas en el tráfico nacional e internacional y
los pesos máximos autorizados en el tráfico internacional. Para cumplir
el objetivo de ésta última, que no es otro que la reducción de las
emisiones de gases de efecto invernadero y, en particular, las de
dióxido de carbono (CO2), se aumentan, como se ha dicho, la longitud y
masa máxima permitidas, para que la introducción de los nuevos
dispositivos tecnológicos tendentes a áquella no supongan una
disminución de la capacidad de carga.
De
igual modo, se incorporan varias definiciones relacionadas con los
combustibles alternativos ("los combustibles o fuentes de energía que
sirven, al menos en parte, de sustituto a las fuentes de energía fósil
para los transportes y que pueden contribuir a la descarbonización de
estos últimos y a mejorar el comportamiento medioambiental del sector
del transporte"), el vehículo de combustible alternativo ("un vehículo
de motor alimentado total o parcialmente por un combustible alternativo y
que ha sido debidamente homologado").