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sábado, 3 de septiembre de 2016

Tercera Revisión del Manual de Reformas de Vehículo, 8.52, 10.6



INGENIERÍA DE VEHÍCULOS

Por el Ministerio de Industria, Energia y Turismo (MINETUR) se ha publicado la Tercera Revisión del Manual de Reformas de Vehículos que será obligatoria a partir del día 1 de enero de 2017 y de uso opcional hasta entonces.

Puedes consultar la nueva versión del Manual  de Reformas en el siguiente enlace. Los cambios introducidos se han remarcado en azul, todos los apartados modificados se han identificado como Revisión 3ª. 

Entre los  cambios más importantes introducidos por esta modificación

.- Para la instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización luminosa, la justificación del Acto Reglamentario (AR) pasa de (1), es decir aplicación a fecha de reforma  a (2), aplicación a fecha primera matriculación, en  hasta 17 tipos de reformas.
.-  La instalación de deflectores aerodinámicos no se reforma considera  (Reforma 8.52), si se cumple una serie de dimensiones máximas.

.- Por la aparición de los denominados Megacamiones, aparece una nueva reforma (solo de aplicación a la categoría 04).
                               10.6- Transformación de vehículo remolcado en vehículo remolcado y remolcador