Tercera Revisión del Manual de Reformas de Vehículo, 8.52, 10.6
INGENIERÍA DE VEHÍCULOS
Por el Ministerio de
Industria, Energia y Turismo (MINETUR) se ha publicado la Tercera Revisión
del Manual de Reformas de Vehículos que será obligatoria a
partir del día 1 de enero de 2017 y de uso opcional hasta
entonces.
Puedes consultar la
nueva versión del Manual de Reformas en el siguiente enlace.
Los cambios introducidos se han remarcado en azul, todos los apartados
modificados se han identificado como Revisión 3ª.
Entre los cambios más importantes introducidos por esta
modificación
.- Para la instalación de los dispositivos de alumbrado y señalización luminosa, la justificación del Acto Reglamentario (AR)
pasa de (1), es decir aplicación a fecha de reforma a (2), aplicación a
fecha primera matriculación, en hasta 17 tipos de reformas.
.- La instalación de deflectores aerodinámicos no se reforma considera (Reforma 8.52), si se cumple una serie
de dimensiones máximas.
.- Por la aparición
de los denominados Megacamiones, aparece una nueva reforma (solo de
aplicación a la categoría 04).
10.6- Transformación de vehículo
remolcado en vehículo remolcado y remolcador